Permaneceremos abiertos durante las próximas semanas. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en consonancia con el artículo 2.2 de la Orden foral 4/2020, NO SE SUSPENDE LA APERTURA AL PÚBLICO DE LOCALES Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES DE EQUIPOS TECNOLÓGICOS y de telecomunicaciones. Rogamos a nuestra estimada clientela que, durante sus compras, respete estrictamente las siguientes
CONDICIONES DE VENTA EN TIENDA:
1. Caso de contar con guantes, mascarilla y gafas, se encarece su uso.
2. Se procurará acceder y permanecer en el establecimiento sin tocar nada con las manos, con especial atención a tiradores y picaportes de puertas, y guardando una distancia de seguridad mínima de un metro con respecto a otros clientes o el personal de tienda.
3. El proceso de compra no se extenderá más allá del tiempo estrictamente necesario.
4. Cuando no pueda reprimir una tos o estornudo, hágalo dando la espalda a otras personas y contra la flexura del codo.
CONDICIONES DE VENTA POR TELÉFONO CON REPARTO A DOMICILIO:
1. En las empresas, no se entregará ninguna mercadería en departamentos concretos; el reparto se entenderá con los servicios de portería o recepción o, en su defecto, en una puerta exterior del recinto, sin acceder a éste.
2. En los domicilios particulares, se mantendrá la distancia de seguridad; los pedidos se depositarán y recogerán del suelo y no se dará nada a la mano, utilizándose la bandeja metálica para intercambios que llevamos a ese propósito.
3. En los pagos con dinero en efectivo, debe decirnos por teléfono con qué billetes y monedas abonará el pedido para que llevemos los cambios exactos.
4. Se preferirá la domiciliación de recibo o transferencia bancaria en el caso de clientes con los que se tengan pactadas esas condiciones.
CONDICIONES DEL SERVICIO DE REPARACIONES:
1. Además de las condiciones aplicables a las ventas, los usuarios del servicio deberán entregar los equipos debidamente desinfectados.
SE RUEGA A NUESTROS CLIENTES PRUDENCIA Y RESPONSABILIDAD. NUESTRA EXCEPCIÓN A LA NORMA GENERAL DE CIERRE SOLO OBEDECE A FOMENTAR LA CONTINUIDAD DE LAS ACTIVIDADES LABORALES Y DOCENTES MEDIANTE FÓRMULAS DE TELETRABAJO Y EDUCACIÓN A DISTANCIA Y A PROCURAR QUE LAS FAMILIAS NO ESTÉN INCOMUNICADAS DURANTE SU ENCIERRO FORZOSO, PARA LO CUAL ES INDISPENSABLE EL USO DE HERRAMIENTAS INFORMÁTICAS Y DE TELECOMUNICACIONES. NOS RESERVAMOS DECLINAR LOS PEDIDOS QUE, A NUESTRO SANO CRITERIO, NO RESPONDAN A LA FINALIDAD DE LA NORMA O A ESTA UTILIDAD SOCIAL. EVITE EL ABUSO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO, LOS REPARTIDORES PUEDEN SER UN VECTOR DE PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS.
Se puede consultar el contenido del Real Decreto en el siguiente enlace.